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Lo que debes saber del nuevo modelo de derecho penal en México

9 min de lectura

 

Derecho Penal en México, Blog Campus Tapachula CEST

Hay que aceptarlo, últimamente todo el mundo habla sobre el nuevo modelo de justicia o derecho penal en México, donde entran en vigor los juicios orales y no siempre sabemos de lo que se trata o cuáles son las diferencias que traerá en comparación con el que ya se manejaba.

No te preocupes, no es tan difícil como parece, de hecho, tenemos puntos importantes para ti, con los que te será más fácil entenderlo.

Para que tengamos todo el contexto, es importante recordar que todo empezó hace ocho años cuando se hizo una modificación a la constitución en materia penal, la cual contempla los juicios orales.

¿En qué nos ayudará este cambio? El nuevo modelo (sistema acusativo) busca reducir costos y tiempos haciendo procesos más flexibles y transparentes. Al acusado se le investiga y se le encierra sólo en caso de resultar culpable, pero su proceso lo lleva a cabo en libertad condicional.

Además, habrá negociaciones para que los problemas entre particulares lleguen a conciliar entre ellos, sin necesidad de llevar absolutamente todos los casos a juicio (justicia alternativa o procesos abreviados).

Los casos que lleguen a juicio, pueden empezar de dos formas: con denuncia o con querella. Al presunto responsable del delito, se le llama “imputado”, y se le detendrá si lo sorprenden cometiendo el delito (en flagrancia).

Este sistema es nuevo en México, pero se lleva a cabo en muchos países del mundo por su eficacia, como Estados Unidos, Alemania y Argelia. El tema es largo y tiene muchas aristas. En México apenas se está desarrollando, y poco a poco se está detallando y regulando su ejecución para reducir la oportunidad de corrupción o anomalías.

El nuevo modelo de Derecho Penal en México pasó de ser un sistema inquisitivo mixto a un sistema acusatorio, donde las audiencias son públicas con la presencia del juez y de las partes intervinientes en el proceso.

Este nuevo sistema promueve la creación de nuevas instituciones jurídicas en beneficio de los derechos de todos los individuos involucrados, brindándoles así un proceso transparente que vela por el resguardo de sus derechos y obligaciones, en la búsqueda de una justa y correcta impartición de justicia.

El nuevo modelo de Derecho Penal llegó para agilizar el proceso y a brindar soluciones a problemas del anterior modelo.

A continuación, te vamos a contar todo lo que debes saber sobre el nuevo modelo de Derecho Penal en México. ¡Disfruta la lectura!

1. Etapas del nuevo sistema de justicia penal

Existen varias etapas del nuevo modelo de Derecho Penal que debes conocer.

I. Etapa Preliminar, inicial o etapa de investigación

Esta etapa consta de dos fases, las cuales deben ser cumplidas en el proceso penal.

La fase de investigación inicial se inicia con la denuncia o querella y está a cargo del Ministerio Público de la jurisdicción donde ocurrió el presunto delito. Esta a su vez, se divide en:

a) Fase de investigación desformalizada: el Ministerio Público inicia la investigación una vez tenga conocimiento de los presuntos hechos delictivos. Podrá, bajo el accionar de los órganos policiales, aprehender al agraviante -hasta un máximo de 72 horas- en caso de ser capturado en flagrancia y presentarlo posteriormente en la audiencia inicial.

El Ministerio Público se encarga de realizar, conjunto a la policía y peritos, una investigación científica para analizar los medios de prueba para el esclarecimiento de los hechos.

b) Fase de investigación Formalizada: el Ministerio Público pone en autos al juez de control y llevan al presunto agraviante a una audiencia inicial, en aras de reforzar sus elementos de convicción.

En la audiencia inicial, el juez de control procederá a leer todos los derechos del presunto agresor y tiene como finalidad, ponerlo en conocimiento de sus presuntos actos punibles. 

En este momento, es cuando el fiscal puede solicitar medidas cautelares si considera que existe un peligro de que el imputado no vaya a concurrir al proceso u obstaculice la investigación que se va a llevar a cabo, por ejemplo, si existe un peligro de fuga, se solicita una medida cautelar para la prohibición de salida del país.

II. Etapa de investigación complementaria

Es en esta etapa, cuando se formula la acusación formal, a partir de este momento al agresor se le pasa a conocer como “imputado” o “acusado”.

Se desarrollará un debate frente al juez de control, en el que ambas partes, a través de ellos mismos o de sus abogados, proponen las pruebas que van a ser utilizadas en el juicio oral. El tribunal procederá a admitir o excluir los medios probatorios promovidos.

El imputado, tendrá la oportunidad de declarar y la posibilidad de reconocer su culpabilidad y, si los delitos fuesen menores, el juez puede disponer de una novedosa institución jurídica denominada “medios alternativos de resolución de conflictos”, creada para que el acusado pueda reparar el daño causado sin la necesidad de concurrir a todo el proceso penal.

Se realizaría un juicio breve para determinar la indemnización de daños y perjuicios por parte del agresor a la víctima. Terminando en la resolución judicial definitiva por parte del juez, denominada “sentencia” la cual, pone fin a la litis.

Si no existe la posibilidad de una salida alternativa o la víctima no quiere mediar, en consecuencia, el juez dictará un auto de apertura al juicio oral, dando por finalizada la etapa intermedia o de investigación complementaria.

III. Etapa de juicio oral

Las actuaciones que se realizan en la presente etapa son:

  • Recepción del auto de apertura a juicio por parte del tribunal competente.

  • Alegatos de apertura.

  • Proposición de prueba nueva y admisión o rechazo de las mismas.

  • Alegatos de clausura.

  • Deliberación del fallo.

  • Emisión de sentencia.

  • Explicación de sentencia.

  • Presencia ininterrumpida de uno hasta tres jueces penales.

Se da por recibido el auto de apertura a juicio por parte del Tribunal de Enjuiciamiento o de Juicio oral, el cual se va a encargar de dirimir la controversia mediante la escucha de los alegatos de ambas partes, evaluando los medios probatorios promovidos para llegar a ponerle fin al proceso.

Es en este momento donde las partes legalmente tienen la posibilidad de promover pruebas nuevas, las cuales son aquellos hechos que surgieron a posteriori del plazo legal establecido para la promoción de pruebas. El juez de juicio puede aceptarlas o rechazarlas.

El juez se retira de la sala por un tiempo prudencial para deliberar sobre el debate y emitir una resolución. El funcionario se encargará de emitir y transcribir la sentencia, donde se determinará la culpabilidad o inocencia del imputado

Una vez de vuelta al juicio, procede a explicar de forma clara y precisa el fallo judicial, pretendiendo ser lo más explícito posible para que sea entendido por ambas partes.

IV. Etapa de ejecución de sentencia

Una vez concluido el juicio oral, al agraviado se le pasa a conocer como “culpable” y, en consecuencia, se le impondrá el cumplimiento del dispositivo del fallo.

El encargado hacer valer la ejecución de la sentencia es el juez de ejecución, es quien se encarga de supervisar el cumplimiento de la pena en los centros penitenciarios, sin menoscabar los derechos constitucionales de la persona. 

Aún cuando es declarado culpable, el juez de ejecución debe actuar apegado a la ley vigente y no permitir que se violen los derechos de la persona. La pena debe ser cumplida exactamente en el tiempo y la forma como es dispuesta en la sentencia.

¡Listo!, de esta forma terminamos el procedimiento ordinario establecido en el nuevo modelo de Derecho Penal en México.

2. Diferencias con el modelo anterior

Destaquemos algunas diferencias que hay respecto al procedimiento anterior, para que comprendas los avances jurídicos logrados:

  • Antes la prisión preventiva era una regla y ahora es la excepción. La ley protege también al presunto agraviante, permitiéndole seguir el juicio en libertad. ¡No siempre son culpables!

  • Se amplía la cuota de participación por parte de los tribunales, trasladando de forma equitativa las responsabilidades del Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales.

  • Creación de nuevas instituciones jurídicas y recortes de plazos para lograr una justicia lo más expedita posible.

  • El sistema penal anterior constaba de 6 etapas, mientras que el nuevo modelo tiene 4 etapas.

  • Conforme a la creación del principio de inmediación, todas las audiencias deben ser celebradas frente a un Órgano jurisdiccional, sin ninguna posibilidad de que este delegue funciones a otra persona.

  • En el nuevo modelo, se incorporan medidas de protección, cautelares, que buscan salvaguardar los derechos de todos los intervinientes en el proceso.

Como podemos evidenciar, la reforma constitucional del procedimiento penal mexicano viene en consecuencia de la necesidad de establecer un nuevo sistema de procuración e impartición de justicia, por atribuírsele al anterior modelo problemas de diseño que generaban injusticia e ineficiencia en el proceso penal.

Si has llegado hasta este punto, ¡te felicito! Significa que has ampliado tus conocimientos sobre la materia, pero aún nos falta estudiar un poco más.

¡Sigue leyendo!

3. Principios del nuevo proceso penal

Es importante que sepas cuáles son los principios del nuevo proceso penal:

  • Principio de publicidad: todo acto emanado de un Órgano jurisdiccional debe ser público, salvo razones excepcionales de protección de la víctima o del interés público.

  • Principio de contradicción: las partes intervinientes en el proceso pueden oponerse y debatir los hechos y argumentos de la contraparte.

  • Principio de concentración: todos los actos del proceso penal como la promoción de pruebas, alegatos, desarrollo de las audiencias y emisión de sentencia, deben ocurrir en un mismo acto procesal.

  • Principio de continuidad: la promoción, recepción, admisión o exclusión de las pruebas y todos los actos del debate, deben ser desarrollados ante un juez y las partes dentro de una audiencia que será continua, salvo excepciones expresas de la ley.

  • Principio de inmediación: todas las audiencias y actos del proceso deben ser realizados frente un Órgano jurisdiccional.

  • Principio de presunción de inocencia: toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario.

  • Principio de cosa juzgada: nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos.

  • Principio de libertad ambulatoria en el proceso: salvo excepciones, toda persona debe ser juzgado en libertad.

Los principios del Derecho Penal procesal, pretenden que el proceso penal se lleve a cabo en total legalidad, ajustado a los límites y exigencias constitucionales que establece nuestra carta magna.

Para finalizar, debes tener en cuenta que una persona con proceso en el sistema penal anterior no puede ser juzgada con el nuevo modelo penal.

¡Listo! con toda esta información estamos seguros que comprenderás todo lo necesario sobre el nuevo modelo de Derecho Penal en México.

¿Te pareció interesante la lectura? Te invitamos a que visites otras entradas de nuestro blog para que descubras más sobre el fascinante mundo de las leyes. 

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Escrito por luara

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